jueves, 19 de junio de 2008

2. BREVE RESEÑA INFORMATIVA.

Los “Métodos de Resolución de Conflictos Online”, también conocidos como O.D.R. (Online Dispute Resolution) han surgido frente a la necesidad de resolver conflictos que generaron el extraordinario crecimiento del comercio electrónico. Su desarrollo y evolución se han motivado en las enormes ventajas que ofrecen la tecnología de la información teniendo especialmente en consideración su facilidad de acceso, lo amigable del procedimiento, la rapidez de soluciones, la facilidad de almacenaje de la información y su bajo costo.

El reconocimiento de estas nuevas herramientas virtuales se manifestó con el dictado de la “Ley Modelo de Comercio Electrónico de 1996” (UNCITRAL) sobre cuatro principios básicos de equivalencia funcional que lograron normalizar la actividad:

1. Equivalencia del documento electrónico al papel.

2. Equivalencia de la firma electrónica a la autógrafa.

3. Neutralidad Tecnológica, es decir que la legislación no privilegie ninguna tecnología en particular.

4. Actuación de buena fe extendida a la celebrada por medios electrónicos.

Los métodos O.D.R. comprenden varias tipos y características[1]:

1. NEGOCIACION ONLINE: Que ofrece métodos que van desde formas simples a inteligentemente inducidas. Así tenemos la “automática” por ejemplo el Procedimiento a ciegas o la “asistida” (sin intervención humana)

2. MEDIACION ONLINE: Se producen generalmente como foros de discusión electrónicos, comienzan en un Chat room plenario y finalizan en Chat room individual o “caucus”, asistido a veces con folders adecuados para depositar información probatoria.

3. ARBITRAJE ONLINE: Son generalmente aplicados para los casos entre empresas y pueden llegar a ser vinculantes. Su procedimientos deben cumplir ciertas características:

· Imparcialidad.

· Independencia.

· Publicidad.

· Transparencia.

· Libertad y audiencia de las partes.

· Principio de confidencialidad.



[1] http://ev.int/fi/info/urocouncil/index.htm

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