jueves, 19 de junio de 2008

Hernán Arce

Al dar comienzo al presente trabajo me persuade una sola idea fundamental: que estamos en presencia definitivamente de los medios más novedosos en materia de resolución de conflicto todo en función de la amplia relación que tiene el comercio electrónico, relaciones de consumo a la distancia entre otras cuestiones al cual nos remito en honor a la brevedad. Sin perjuicio de ello, importante es destacar que esto no se agota allí, sino muy por el contrario, ya que la propagación de todo el material de estudio que se encuentra en la red electrónica implica que esta es la dirección que se debe seguir en la materia de cara al futuro.

Personalmente he advertido del estudio de este trabajo que mas allá de lo precedentemente expuesto, lo investigado es un sistema que requiere de un desarrollo mayor tanto en la República Argentina como en el resto de Latinoamérica, ante la existencia de evidentes desigualdades y desequilibrios regionales (por decirlo de algún modo) en el cual los países en vía de desarrollo ven de algún modo, frustradas sus expectativas de un mayor perfeccionamiento por la falta de disposición y acceso de gran parte de la población a estos medios. Supongo que será una cuenta pendiente que tendrán los distintos dirigentes políticos en trabajar fervorosamente en el fomento y desarrollo de un sistema de comunicaciones que resulte más abarcativo e integrador. El tiempo juzgara o no esta necesidad o la buena o mala apreciación que el suscripto realiza en la presente conclusión.

Es aspecto mas ponderable de la utilización de éstos métodos son la disminución de a gran cantidad de pleitos que se entablan ante los tribunales de justicia de todo el país que sin duda alguna entorpece el normal funcionamiento de los mismos y la calidad de las resoluciones para los conflictos de mayor envergadura.

Finalmente en función de todo lo investigado en el presente trabajo me encuentro definitivamente convencido que los Métodos de Resolución de Conflictos On Line debe internacionalizarse aún mas de lo que se ha hecho hasta nuestros días; que los distintos actores de la escena internacional (Estados; Organizaciones Internacionales, O.N.G., y otros) deben realizar un gran esfuerzo para la producción de normas cada vez mas innovadoras para hacer de éstos métodos algo absolutamente cotidiano y parte esencial en la agilización de la defensa de los derechos de todos los ciudadanos. Así concluyo.

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