jueves, 19 de junio de 2008

Marta Maule

Al encarar la investigación y búsqueda de material nos encontramos con que el tema se relacionaba amplia y casi exclusivamente con el comercio electrónico (e-comerce) y las correspondientes relaciones de consumo a distancia canalizadas a través de la red. Ahondando en la búsqueda de material, no conformándonos con ese pequeño espectro del tema, encontramos escritos, publicaciones y notas referidas a las ODR en general y como medio de resolución de disputas de la más variada índole, fue así cómo nuestra imaginación despegó gracias al conocimiento de las ventajas que éstos métodos implican.

La utilización de estos métodos hace necesario un sistema de comunicaciones que, lamentablemente, tanto en nuestro país como en el resto de Latinoamérica, no funciona de manera eficaz y permanente, donde no toda la población tiene posibilidad de acceso y que en muchos casos quienes disponen de éstos medios se ven presos por las deficiencias del mismo. Por su parte otra barrera que frena la utilización de las ODR esta dada por la propia idiosincrasia de la región y las conductas reiteradas de corrupción que imponen una persistente desconfianza a todo lo desconocido y nuevo.

Se hace necesario también el fomento, por parte del gobierno, de éstos métodos que beneficiarían a todos los involucrados, desde el bajo costo y rapidez para el que se encuentra lidiando con el conflicto, como la descongestión de los pasillos tribunalicios y demás.

Es así como notamos que es un tema en el cual quedan mil cosas por hacer y por delimitar, estos métodos implican necesariamente cuestiones de derecho internacional privado, de derecho de consumo, de derecho civil, de derecho mercantil, de derecho electrónico y demás, desde sus principios básicos y tradicionales hasta las innovaciones que aun causan rechazos en sectores tradicionalistas, es más ya causan rechazo el acogimientos de los MARC mucho más el acogimiento de éstos volcados en la red. En virtud de lo expuesto podemos decir que las ODR son un tema en construcción que requiere de la más variada índole de profesionales y especializaciones y también requiere de un constante desarrollo y evolución para establecer definitivamente sus principios básicos y sus adaptaciones según la idiosincrasia de cada país que resuelva adaptarse a las ventajas de estos métodos.

De lo antes expuesto se desprende que se vuelve necesario el reconocimiento de las ODR por parte de los Estados, ello a los efectos de dotarlas de efectividad y confianza y para poder imprimirlo dentro de un marco normativo flexible.

Afortunadamente las ODR son un instrumento que no conoce de fronteras, que no tiene país y que no se radicaliza en ninguno de ellos, toma las experiencias concretas que se desarrollan en cada país y las mismas se vuelven aplicables en cualquier caso que se adapte a la informalidad que actualmente presenta el sistema.

En lo que respecta a las propuestas, si bien las mismas las hemos plasmado a lo largo del desarrollo del presente trabajo, en forma general hemos notado que cualquier propuesta es válida, que no es invocable el temor a equivocarse, que en principio es cuestión de “probar” y que momentáneamente se trata de un sistema que debe construirse a prueba y error, ello es lo que frena a la gente, lo que le quita confianza al sistema. Habrá que ser lo suficientemente ingenioso para aportar ideas, conocimientos, experiencias y propuestas, perder el temor a equivocarse y a su vez generar confianza en el sistema, para que todo esto no quede en una gran utopía, como pareciera ser que sucede en Argentina.-

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